Definición
Una prestación conyugal consistente en un pago único y fijo (o en una serie especificada de pagos tratados como una sola obligación) en lugar de manutención periódica continua, destinada a resolver las obligaciones de asistencia en un momento determinado.
Principio
Principio
Finalidad y certeza: convertir la manutención continua o las obligaciones futuras potenciales en un acuerdo financiero único y definido para simplificar la ejecución y aportar cierre.
Demostración
Demostración
Las partes convienen (o un tribunal ordena) que en lugar de pensión mensual, el obligado realizará un pago único para extinguir las obligaciones futuras de manutención y permitir la terminación de acciones de ejecución continuas.
Aplicación incorrecta
Aplicación incorrecta
Aplicar la modalidad de suma global sin un acuerdo claro o sin asegurar que el pagador pueda afrontar la obligación única, o etiquetar erróneamente una serie de pagos como una verdadera suma global.
Consecuencia
Consecuencia
Aplicada correctamente, genera una obligación predecible y ejecutable y suele liberar a ambas partes de disputas continuas sobre variaciones de ingresos; también transfiere el riesgo al pagador y ofrece al beneficiario capital inmediato.
Inversión
Inversión
La pensión periódica, que proporciona apoyo de ingreso continuo y puede ajustarse por cambios de circunstancia; lo opuesto a un pago único y extintivo.
Límite
Límite
No es idéntica a un acuerdo patrimonial; puede tener tratamiento fiscal distinto y estar sujeta a normativa, exigibilidad y condiciones del convenio; depende de la negociación, la capacidad de pago y las reglas jurisdiccionales sobre la extinción.
Tensión semántica
Tensión semántica
Existe tensión con la manutención periódica (flexibilidad frente a finalidad) y con disputas sobre la calificación del pago, donde los tribunales deben decidir si es realmente extintivo o solo un plan de plazos.
Síntesis
Síntesis
La pensión única sustituye la manutención continua por un pago definido que resuelve las obligaciones de asistencia a cambio de finalidad y previsibilidad, equilibrando el capital inmediato para el beneficiario con el riesgo de pago para el obligado.