Definición
La ruptura o terminación de una colocación adoptiva antes de que el tribunal haya dictado un decreto final de adopción, lo que provoca la salida del niño del hogar adoptivo prospectivo y la reapertura o reevaluación de la planificación de permanencia.

Principio

Principio
La interrupción ocurre cuando la colocación no puede continuar por motivos de seguridad, conducta, apego o factores ambientales y se distingue de la disolución porque aún no se ha conferido el estatus parental legal mediante un decreto final.

Demostración

Demostración
Tras la colocación, necesidades terapéuticas graves y sucesivos incidentes de seguridad llevan a la agencia y a los padres adoptivos a finalizar la colocación; el niño vuelve al sistema de acogimiento mientras se busca un plan permanente alternativo.

Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta
Etiquetar la ruptura de una adopción después de su finalización como 'interrupción' en lugar de 'disolución', lo que oculta las diferentes vías procesales, consecuencias y obligaciones de registro implicadas.

Consecuencia

Consecuencia
La interrupción suele conducir a la reingreso en acogimiento o a una nueva colocación y desencadena revisiones, nueva planificación de caso, posibles servicios adicionales y cambios en los plazos de permanencia; también puede afectar los registros del niño y la elegibilidad futura de la familia adoptiva.

Inversión

Inversión
Inversamente, la interrupción previa al decreto se diferencia de la disolución posterior al decreto; la interrupción finaliza una relación parental potencial antes de su creación legal, mientras que la disolución pretende terminar una relación jurídica ya existente.

Límite

Límite
Se aplica únicamente mientras la adopción no esté finalizada; excluye transferencias de tutela, interrupciones planificadas que sitúen inmediatamente al niño con familiares bajo otro mecanismo jurídico y procedimientos de disolución posadopción.

Tensión semántica

Tensión semántica
Hay tensión entre las narrativas de trabajo social que ven el acontecimiento como un 'fracaso' de la colocación y la distinción jurídica que considera la interrupción como un cambio procedimental de estatus más que una evaluación de ineptitud parental.

Síntesis

Síntesis
La interrupción de la adopción es la cesación previa al decreto de una colocación adoptiva por motivos de seguridad o incompatibilidad; reorienta los esfuerzos de permanencia sin haber creado el estatus legal de padre‑hijo que otorga la finalización.